Comité Mayoristas
El Comité de Mayoristas nació de la necesidad de este grupo de colegas de atender los temas puntuales de la actividad. Son muchos los acuerdos que se logran en el seno de este equipo de trabajo, pero principalmente se han dedicado a establecer mecanismos de trabajo y operatividad, velando por el respeto a la cadena de comercialización y sobre todo al comportamiento ético de los mayoristas afiliados a la Asociación.
Comité Operadores
Este Comité de Trabajo fue creado en 1989. Es un brazo asesor de la Junta Directiva en los asuntos relacionados con el área de turismo receptivo. Entre los principales temas que se analizan y son llevados a Junta Directiva se destaca:
Respeto a la cadena de comercialización
Interlocutor ante el Ministerio de Turismo para todo lo relacionado con la participación en las Ferias de Turismo Internacionales y atiende denuncias y sugerencias del resto de los colegas receptivos, para brindar soluciones en cualquier caso.
Comité de Ética
CAPITULO III DE LOS ESTATUTOS DE AVAVIT
DE LA COMISION DE ETICA ARTICULO 41º) En la Asociación funcionará una Comisión de ética integrada por tres Ex-Presidentes de la Asociación designados por la Junta Directiva. De su seno se elegirá a un Presidente. Las faltas temporales o absolutas de los miembros de la Comisión de Ética serán suplidas por la Junta Directiva. ARTICULO 42º) La Comisión de Ética decidirá la forma de reunión o lo hará a requerimiento de la Junta Directiva. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de ausencia injustificada de cualquiera de los integrantes de la Comisión de Ética por más de tres (3) reuniones de la misma, en forma consecutiva, se le considerará renunciante y otorgará derecho al resto de sus integrantes a sustituirlo en forma definitiva. ARTICULO 43º) La Comisión de Ética tendrá las siguientes atribuciones:
Conocer de los asuntos sometidos a su consideración por la Junta Directiva. Conocer de las quejas, denuncias y reclamaciones de cualquier miembro de AVAVIT a través de la Junta Directiva. Tener acceso a todos los elementos que sirvan para formarse criterio con relación a los asuntos sometidos a su conocimiento, contando para ello con los medios y recursos al alcance de AVAVIT, pudiendo exigir de quienes sometan sus quejas, denuncias y reclamaciones, y de los inculpados, las informaciones y documentos necesarios para comprobar los extremos alegados. Formar expediente y emitir su resolución razonada dentro de un término no mayor de un (1) mes, a partir del momento de la respectiva denuncia sugiriendo o no la aplicación de sanciones. Remitir sus opiniones y dictamen a la Junta Directiva, única facultada para juzgar, a su criterio, la aplicación de las mismas. Elegir el Comité Electoral.